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Bienestar Social.
LA JUNTA DE COMUNIDADES OFRECE AYUDAS PARA EL ARRENDAMIENTO DE VIVIENDAS.
La Consejería de Fomento de Castilla-La Mancha ha convocado ayudas al alquiler de viviendas a través de una orden que presta especial atención a los desahuciados y a las mujeres víctimas de violencia de género, entre otros sectores.

Jueves, 9 de mayo de 2013 a las 14:00 h.

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) recoge estas ayudas, que serán de un máximo de 200 euros mensuales para alquileres que tendrán que ser de un máximo de 500 euros o de 600 en el caso de las familias numerosas.

Estas cuantías, según explica la Junta, se abonarán con cargo a la partida presupuestaria en esta materia por una cantidad total de 4,3 millones de euros.

Su objeto es reactivar el sector inmobiliario mediante la dinamización del mercado de arrendamientos y contribuir a posibilitar el acceso a una vivienda digna en régimen de alquiler, facilitando a la vez la movilidad laboral.

Del mismo modo, busca amparar a determinados colectivos de personas vulnerables, que como consecuencia de una situación de desempleo o inactividad económica, se han visto imposibilitados a atender sus obligaciones derivadas de los créditos hipotecarios.

Destinatarios:
Personas con dificultades económicas y con menor renta disponible interesadas en alquilar una vivienda para su uso como residencia habitual y permanente.


Requisitos: 

  • Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda en calidad de arrendatario.
  • Que la vivienda arrendada constituya la residencia habitual y permanente del arrendatario.
  • Que todas las personas que tengan o vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada, posean nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros dela Unión Europea, o del Espacio Económico Europeo.
  • Que los ingresos de las personas que tengan su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada sean, en conjunto, superiores a 0,5 veces el IPREM, e inferiores a 3 veces el IPREM.
  • Que la renta establecida en el contrato de arrendamiento de vivienda y los gastos de comunidad, en el caso de que procedan, y siempre que se haya pactado su satisfacción por la parte arrendataria, no supere la cuantía total de 500 euros mensuales.
  • Tener el domicilio fiscal enla Comunidadde Castillala Mancha.

Importe: 

  • Las ayudas tendrán una cuantía del 40 por ciento de la renta anual que deban satisfacer por el alquiler de su vivienda habitual, con un límite máximo de 200 mensuales por vivienda (2.400 anuales).
  • Estas ayudas se concederán por un plazo de doce meses, prorrogables a solicitud del interesado, hasta en un máximo de otros doce meses, siempre que se mantengan las condiciones señaladas en el artículo 6º dela Orden.3. En caso de que figuren varios arrendatarios en el contrato, las cuantías de las ayudas a cada uno de los que tengan derecho a las mismas, serán el resultado de dividir las cantidades a que se refiere el apartado anterior por el número total de arrendatarios.

Plazo de presentación de solicitudes:
Del 6 de mayo al 30 de diciembre de 2013.


Lugar de presentación: 
En los Servicios Periféricos o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 dela Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. Por vía telemática a través de la página web dela Juntade Comunidades de Castilla-La Mancha.


Información Adicional: 

Servicios periféricos dela Consejeríade Fomento Toledo: 925 26 70 70

www.jccm.es/tramitesygestiones/ayudas-al-arrendamiento 
Docm número 86, del 6 de mayo de 2013, orden 30/04/2013 dela Consejeríade Fomento por la que se establecen ayudas al arrendamiento de viviendas.



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