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Covid-19
LA JUNTA DE CASTILLA LA MANCHA DECRTA MEDIDAS ESPECIALES PARA MORA
La Junta de Comunidades de Castilla la Mancha ha decretado esta mañana la adopción de medidas especiales para Mora durante 14 días, desde hoy 4 de septiembre.

Viernes, 4 de septiembre de 2020 a las 11:00 h.

La Junta de Comunidades de Castilla la Mancha ha decretado esta mañana la adopción de medidas especiales para Mora durante 14 días, desde hoy 4 de septiembre, ya que en virtud del protocolo elaborado desde la Consejería de Sanidad,  se hace necesario la adopción de las siguientes medidas preventivas de salud pública como consecuencia de la evolución epidemiológica del coronavirus en la localidad de Mora y ante la necesidad urgente del control del brote comunitario:

1. Actuaciones sobre locales de ocio
• Cierre de hogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales.
• Supresión del servicio de barra en todos los bares y restaurantes de la localidad. El aforo en locales cerrados dedicados a esta actividad se reducirá al 50% del máximo que tuvieran establecido previamente
• Las terrazas de bares y restaurantes reducirán su aforo al 75% del máximo que tuvieran establecido previamente, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación. 

2. Centros Socio-Sanitarios
• Suspensión cautelar de la actividad en los Centros de Día y Servicios de Estancias Diurnas. Supresión de visitas sociales en Residencias de Mayores, Viviendas Tuteladas de Mayores y Centros Sociosanitarios. La entrada en estos centros de personas ajenas a los mismos se
limitará a lo estrictamente necesario.
• No se permitirán salidas de residentes salvo razones de fuerza mayor (salidas para asistencia sanitaria, o deber inexcusable de carácter público). Al reingreso deberán permanecer en cuarentena durante 14 días con realización de PCR al principio y final de la cuarentena.
• A los trabajadores que tras su periodo vacacional se incorporen a las residencias de ancianos y viviendas tuteladas se les realizará, como paso previo a su incorporación, una PCR para descartar la infección por COVID-19

3. Actividades religiosas de ámbito social
• Todas las celebraciones religiosas limitarán el aforo al 50% de su capacidad habitual, siempre que se mantengan las medidas de distanciamiento interpersonal.
• Restricción del número de personas en velatorios y cortejos fúnebres (máximo 10)
• Restricción del número de personas en eventos sociales tales como bodas y bautizos (máximo 25).

4. Consumo de Alcohol
• Se reforzarán los controles para impedir el consumo de alcohol que no estuviera autorizado y otras actividades no permitidas en la vía pública. En este sentido, la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha y la autoridad aplicarán rigurosamente las sanciones correspondientes.
• El Ayuntamiento aumentará la vigilancia para detectar y sancionar estos comportamientos y actividades.

5. Medidas complementarias:
• Suspensión de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos u otros eventos que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas
• Suspensión de la actividad de las escuelas municipales (deportes, música, danza, pintura, idiomas, …).
• Suspensión de eventos deportivos y culturales promovidos por el Ayuntamiento, por asociaciones, peñas o por particulares.
• Cierre cautelar de cines, teatros y auditorios.
• Cierre cautelar de Bibliotecas y Museos.
• Los hoteles sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50%.
• Cierre de la Piscina Municipal y otras instalaciones recreativas de este tipo de uso público independientemente de su titularidad.
Las piscinas comunitarias de bloque de edificios no podrán superar el 25% de su capacidad.
• Suspensión de espectáculos deportivos con asistencia de público.
• Supresión de espectáculos taurinos.
• Suspensión de mercadillos y mercados al aire libre. Se exceptúan aquellos casos en los que se dependa en la localidad de este tipo de comercio para el abastecimiento de productos de primera necesidad, limitando en ese caso su apertura a los puestos dedicados a la comercialización de este tipo de productos.
• Cierre cautelar de parques y jardines con el objetivo de evitar cualquier aglomeración de personas que pueda suponer un riesgo para la transmisión del virus.
• En las tiendas y demás establecimientos comerciales, se extremarán las medidas higiénicosanitarias, limitando el número de personas en cada momento de acuerdo a la posibilidad de mantener la distancia interpersonal de seguridad de 1,5 metros dentro del establecimiento. Se deberá realizar higiene de manos con gel hidroalcohólico en la entrada del establecimiento.
• Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.

6. Seguimiento minucioso del aislamiento de todos los casos y contactos por parte de Epidemiología, Enfermeros de Vigilancia Epidemiológica y Equipos de Atención Primaria, solicitando la colaboración de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad si así se precisara en casos concretos.


7. Si desde el Ayuntamiento, se tuviera conocimiento de otros locales o actividades, que pudieran suponer un riesgo de contagio, se informará de inmediato a la Delegación Provincial de Sanidad, para proceder a su cierre, prohibición o limitación, con el fin de frenar la transmisión virus.


8. Recomendaciones:

• Recomendar a la ciudadanía la limitación de los encuentros sociales fuera del grupo de convivencia estable.
• Recomendar a la ciudadanía que los encuentros sociales se limiten a un máximo de 10 personas incluyendo convivientes.




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